Análisis territorial de impactos ambientales, sociales, productivos e institucionales derivados del proyecto Manzanillo Bay Energy.
Por Frank Valenzuela

Foto: Cortesía de Armando Interian
Introducción
Con apoyo financiero del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y la participación de ENERLA, el Consorcio Manzanillo Gas & Power desarrolla el proyecto Manzanillo Bay Energy en la Bahía de Manzanillo. El Centro Bahía de Manzanillo para el Desarrollo (CEBAMDER) presenta el presente resumen como síntesis de una investigación territorial más amplia que analiza la implantación del proyecto y sus efectos en un sistema costero de alta sensibilidad ecológica, productiva y social, donde las intervenciones a gran escala generan impactos más allá del ámbito estrictamente ambiental.
La Bahía de Manzanillo es un territorio funcional en el que convergen ecosistemas costeros frágiles, comunidades históricamente asentadas y actividades económicas dependientes del entorno natural. En este contexto, un megaproyecto energético de alcance internacional produce una reconfiguración acelerada del territorio, alterando equilibrios ecológicos, sociales, productivos e institucionales. Por ello, el análisis se fundamenta en una lectura territorial integral que evalúa la distribución real de cargas y riesgos, y no se limita a una valoración sectorial de infraestructura.
El estudio se estructura a partir de un hecho determinante: la eliminación previa de cobertura vegetal y la alteración física del suelo antes de contar con una evaluación ambiental y social capaz de preservar una línea base territorial representativa. Desde esta secuencia se examina la definición de la línea base utilizada, los impactos reconocidos por el propio estudio ambiental y la suficiencia de las medidas propuestas para gestionarlos. El objetivo es situar el debate en hechos documentados y en responsabilidades técnicas asociadas a la gestión ambiental y social del proyecto, conforme a los estándares aplicables del BID.
Tema 1. El territorio como sistema funcional preexistente

El análisis parte de una lectura territorial del proyecto energético en Manzanillo, entendiendo el territorio no como un espacio vacío disponible para la inversión, sino como un sistema funcional preexistente. En la Bahía de Manzanillo confluyen ecosistemas costeros sensibles, comunidades históricamente asentadas y actividades productivas directamente dependientes del entorno natural. Este entramado configura un equilibrio territorial previo que no puede ser sustituido ni explicado mediante evaluaciones sectoriales fragmentadas, centradas exclusivamente en componentes aislados del proyecto.
Desde esta perspectiva, el territorio es sujeto de impacto. Cualquier alteración en un componente ambiental o espacial genera efectos en cadena sobre la productividad local, las dinámicas sociales, la conectividad territorial, la gobernanza y la estabilidad institucional. Estos impactos no se manifiestan de manera aislada, sino como procesos interdependientes que se refuerzan entre sí. El enfoque territorial permite identificar estas conexiones estructurales que suelen quedar invisibilizadas cuando los impactos se clasifican de forma individual como “bajos” o “moderados”, sin atender a su persistencia y acumulación en el tiempo.
Tema II. Caracterización integral del proyecto energético

Manzanillo Bay Energy es un complejo energético de gran escala localizado en la Bahía de Manzanillo, integrado por una terminal de importación, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado y una central eléctrica de ciclo combinado con capacidad aproximada de 420 MW. La infraestructura asociada —muelle de descarga, tanque criogénico, gasoductos e instalaciones industriales permanentes— redefine de manera estructural los usos del suelo y del espacio marino, introduciendo una transformación territorial de carácter permanente. La magnitud física del proyecto excede la lógica de una obra puntual y se inscribe en un proceso de reconfiguración funcional del territorio costero.
El proyecto es desarrollado por el Consorcio Manzanillo Gas & Power, con participación de empresas de alcance global y regional como Shell Gas & Power Development, Haina Investment Company y ENERLA, bajo una estructura que concentra las decisiones estratégicas fuera del territorio intervenido. Con una inversión estimada en 1,700 millones de dólares y financiamiento multilateral respaldado por la aprobación del Estudio de Impacto Ambiental y Social, el proyecto adquiere una fuerte inercia operativa que prioriza la continuidad financiera sobre ajustes tempranos en la secuencia preventiva.
El análisis se concentra en el Bloque 1, habilitante del inicio material de las obras, y evidencia que, a tres años de ejecución, los impactos reconocidos no presentan respuestas efectivas y verificables sobre comunidades, sectores productivos y componentes funcionales del territorio, desplazando el debate desde la mitigación formal hacia obligaciones reforzadas de gestión territorial.
Tema III. Participación comunitaria y advertencias tempranas
El Estudio de Impacto Ambiental y Social reconoce que el proyecto se implanta en un territorio socialmente organizado, identificando actores comunitarios, productivos e institucionales durante la fase de evaluación. El propio EIAS documenta que “se entrevistaron a 32 actores pertenecientes a más de 32 entidades de la zona de impacto del proyecto”, clasificados según niveles de afectación e influencia (EIAS, Cap. 5, sec. 5.6, p. 191; Tablas 5-1 y 5-2, pp. 195–197). En ese marco, el expediente ambiental incorpora advertencias tempranas de alto valor territorial, entre ellas la formulada por Frank Valenzuela, quien advierte que el Plan de Ordenamiento Territorial financiado por el BID prioriza la ordenación de inversiones sobre el territorio y sitúa a Villa Raf como comunidad potencialmente desplazada para habilitar un corredor industrial (EIAS, Cap. 5, sec. 5.9.2.j, pp. 210–211).
De manera complementaria, el EIAS registra la posición de actores de desarrollo local y comunitario que alertan sobre los efectos sociales del proyecto. Helvio Bejarán señala que “lo más saludable es que no se traslade la población de Villa Ray y que se impacte lo menos posible a la población” (EIAS, Cap. 5, sec. 5.9.1.e, p. 203), mientras que el propio estudio reconoce que “las percepciones comunitarias recogidas durante el proceso reflejan preocupaciones vinculadas a las actividades ya ejecutadas en el área del proyecto” (EIAS, Cap. 6, p. 33). No obstante, la participación se configura como un insumo consultivo sin capacidad vinculante, generándose una brecha entre advertencias documentadas y respuestas estructurales, lo que explica la persistencia del conflicto desde una perspectiva de gestión territorial.
Tema IV. Secuencia crítica: desmonte previo y debilitamiento del principio preventivo

Relleno y obras asociadas a la construcción del muelle (jetty) del proyecto energético, ejecutadas tras el desmonte inicial del territorio.
El Estudio de Impacto Ambiental y Social reconoce que la línea base ambiental fue levantada cuando el territorio ya había sido intervenido. El propio estudio admite que “la línea base ambiental se desarrolló considerando las condiciones observadas al momento de los trabajos de campo, las cuales incluyen áreas previamente intervenidas” (EIAS, Cap. 6, p. 20), y que “las actividades previas de preparación del sitio modificaron las condiciones originales del área evaluada” (EIAS, Cap. 6, p. 21). Estas afirmaciones confirman que el diagnóstico no partió de un estado preintervención, reduciendo la función preventiva de la línea base y debilitando su valor como referencia técnica para identificar pérdidas reales atribuibles al proyecto.
La intervención temprana incluyó movimientos de tierra, rellenos y nivelación antes de completarse la evaluación ambiental, tal como reconoce el EIAS (Cap. 4, p. 146). Esta secuencia de “intervención previa–evaluación posterior” normaliza parte del daño como condición inicial, limitando la trazabilidad de impactos y la cuantificación de pérdidas territoriales acumuladas. Desde una perspectiva territorial, ello condiciona la gestión posterior, ya que una línea base ex post tiende a generar medidas centradas en control operativo, sin capacidad efectiva para revertir la degradación funcional del territorio ni responder proporcionalmente a los impactos persistentes.

Tema V. Línea base territorial declarada vs. línea base real
El Estudio de Impacto Ambiental y Social define la línea base como referencia para identificar y evaluar los impactos del proyecto, pero reconoce que no representa un estado previo intacto del territorio. El propio estudio admite que “la línea base ambiental se desarrolló considerando las condiciones observadas… las cuales incluyen áreas previamente intervenidas” (EIAS, Cap. 6, p. 20) y que “las actividades previas… modificaron las condiciones originales del área evaluada” (EIAS, Cap. 6, p. 21). En términos técnicos, la línea base declarada describe un territorio ya transformado, lo que limita su función preventiva y su capacidad para reflejar pérdidas reales atribuibles al proyecto.
El EIAS documenta además que “durante las etapas iniciales se realizaron movimientos de tierra, rellenos y nivelación del terreno” (EIAS, Cap. 4, p. 146), incorporando parte del daño como condición inicial y debilitando la trazabilidad de impactos. Desde un enfoque territorial, esta distorsión desplaza la carga de la degradación hacia comunidades, sectores productivos y gobiernos locales, y obliga a evaluar la suficiencia de las medidas no por su existencia formal, sino por su capacidad efectiva para modificar condiciones territoriales persistentes y restituir funciones críticas del sistema intervenido.
Tema VI. Estado cero: radiografía territorial integral del sistema Manzanillo

El desmonte se realizó previo a la elaboración del Estudio de Impacto Ambiental y Social, eliminando la cobertura vegetal y alterando irreversiblemente la línea base del territorio.
Se presenta el estado cero como la referencia funcional del territorio previo a la intervención, identificando los componentes físicos, ecológicos, productivos, sociales e institucionales que sostenían el equilibrio territorial y la continuidad de los medios de vida.
En su configuración original, Manzanillo operaba como un sistema territorial ambientalmente estable y ecológicamente estratégico. El EIAS documenta una llanura costera de alta permeabilidad que facilitaba la recarga de acuíferos y el mantenimiento de flujos hídricos hacia humedales clave, así como la existencia de ecosistemas de alto valor biológico, incluyendo manglares extensos, humedales protegidos y hábitats críticos para tortugas marinas y aves. Este sistema marino-costero cumplía funciones esenciales de regulación ambiental, seguridad alimentaria y resiliencia climática, sosteniendo además una pesquería local dependiente de la integridad ecológica del territorio.
Sobre esta base ambiental se estructuraba una economía territorial directamente vinculada a los servicios ecosistémicos y a usos tradicionales compatibles con la conservación. El EIAS reconoce actividades productivas como la apicultura, la pesca artesanal, el ecoturismo asociado a Playa Estero Balsa y prácticas ganaderas de baja escala, junto a un bloque social e institucional funcional donde vivienda, salud, conectividad y gobernanza local constituían factores críticos de estabilidad. La presencia de un ayuntamiento rector y un marco normativo de protección nacional e internacional configuraban un territorio con equilibrios consolidados, cuya alteración no podía evaluarse de forma sectorial, sino como una transformación integral del sistema territorial.
Tema VII. Caracterización integral de impactos territoriales reconocidos por el proyecto y su significancia
El Estudio de Impacto Ambiental y Social reconoce de manera explícita la existencia de impactos ambientales y sociales asociados al proyecto Manzanillo Bay Energy, tanto en la fase de construcción como en la de operación. En el Capítulo 7, el EIAS establece que “las acciones del proyecto generan impactos negativos de diversa magnitud sobre componentes físicos, biológicos y socioeconómicos del área de influencia” (EIAS, Cap. 7, Identificación y Evaluación de Impactos Ambientales y Sociales, p. 734). Este reconocimiento formal confirma que el proyecto no se desarrolla en un escenario neutro, sino en un territorio donde ya se han producido alteraciones significativas atribuibles a las acciones ejecutadas y planificadas.
De manera específica, el estudio identifica impactos sobre la cobertura vegetal, los suelos, los cuerpos de agua, el paisaje y las actividades productivas locales, señalando que “las actividades de preparación del sitio, construcción de infraestructuras y operación del proyecto generan modificaciones en el medio físico y biótico” (EIAS, Cap. 7, p. 743). Esta admisión es relevante desde una perspectiva territorial, ya que sitúa el daño ambiental dentro del marco analítico del propio estudio, descartando cualquier interpretación que pretenda minimizar o negar la existencia de afectaciones sustantivas.
El Estudio de Impacto Ambiental y Social (EIAS) del Proyecto Terminal de Importación con Almacenamiento y Regasificación de GNL y Central Eléctrica de aproximadamente 420 MW identifica, para la fase de construcción, un conjunto amplio de impactos sobre el medio físico, biológico y territorial, asociados principalmente al desbroce, movimiento de tierra, transporte de materiales y obras marino-costeras. Entre estos se incluyen el aumento del material particulado, ruido, vibraciones y gases de combustión en el aire (A-1, A-2, A-3), la posible contribución a emisiones de gases de efecto invernadero (CL-1), la contaminación y compactación del suelo (S-1, S-2), la turbidez y contaminación de aguas superficiales por instalación de tuberías y jetty (ASP-1, ASP-2), la pérdida de cobertura vegetal por desbroce (V-1), la pérdida de hábitat y afectación directa a la fauna terrestre (F-1, F-2), así como impactos directos sobre el ecosistema de humedal, la dinámica costera y la biota marina por las infraestructuras marinas (EH-1, DC-1, BM-1). En el plano social y productivo, el estudio reconoce molestias a comunidades por ruido y polvo (PB-3), riesgos a la salud y seguridad (PB-4, PB-5), afectaciones económicas a pescadores, apicultores y ganaderos caprinos por la ocupación y transformación del territorio (PB-6, PB-7, PB-8), así como impactos sobre tránsito, vialidad, servicios básicos, paisaje y patrimonio cultural (TV-1, TV-2, TV-3, IS-1, PS-1, PC-1). Todos estos impactos se encuentran identificados en la Tabla 7-4 y el desarrollo del Capítulo VII del EIAS, páginas 744–745.

Para la fase de operación, el EIAS identifica impactos adicionales de carácter permanente o recurrente, vinculados al funcionamiento de la planta de GNL, la central termoeléctrica y la plataforma marina. Estos incluyen la contaminación del aire por emisiones y ruido de operación (A-4, A-5, A-6), emisiones continuas de gases de efecto invernadero (CL-2), contaminación del suelo y aguas subterráneas por manejo de residuos y derrames (S-3, S-4, AS-1), alteraciones en la calidad de aguas marinas por descargas de enfriamiento y residuos de embarcaciones (ASP-3, ASP-4, ASP-5), afectación a fauna terrestre por control químico de plagas (F-3, F-4) y a la biota marina por descargas térmicas, tránsito marítimo y derrames accidentales (BM-2, BM-3). En el componente humano y territorial, se reconocen impactos por emisiones, ruido y vibraciones sobre comunidades (PB-9), riesgos de accidentes industriales y marítimos (PB-14, PB-15), presión sobre servicios públicos e institucionales (IS-2), cambio de uso de suelo (US-1), alteración del paisaje marino y rural (PS-2) y un incremento sostenido en el consumo de agua, combustibles y energía (RC-4, RC-5). Estos impactos se encuentran sistematizados en la Tabla 7-5 y el desarrollo del Capítulo VII del EIAS, páginas 746–747, constituyendo el universo de impactos formalmente reconocidos por el proyecto.
Tema IX. Impactos territoriales críticos omitidos y traslado sistemático de costos sociales, ambientales e institucionales al municipio
Los impactos omitidos por el proyecto constituyen un bloque sistemático de afectaciones territoriales, acumulativas y estructurales que no fueron incorporadas como impactos autónomos en el EIAS, pese a ser consecuencias directas y previsibles de la intervención. Entre ellos se encuentran: la pérdida irreversible de funciones ecosistémicas del bosque seco, más allá de la simple remoción de cobertura vegetal; la ruptura del corredor ecológico terrestre–manglar–marino; la degradación funcional del Sitio Ramsar Estero Balsa como sistema integrado (manglares, playa y humedales); la eliminación de servicios ambientales no monetizados (regulación climática, amortiguamiento de eventos extremos, recarga hídrica); la fragmentación del territorio productivo tradicional (pesca, apicultura, ecoturismo, ovino-caprino) sin restitución equivalente; la pérdida de acceso público al litoral; la alteración del paisaje identitario; la erosión de la cohesión social y del patrimonio cultural; el aumento del riesgo sanitario crónico por exposición residencial permanente; la sobrecarga institucional del Ayuntamiento; y la transferencia de residuos sólidos, industriales y domésticos al vertedero municipal, sin que el proyecto asuma este impacto como propio. Ninguno de estos efectos es clasificado por el proyecto como impacto independiente, aunque todos derivan directamente de la ocupación territorial, el cambio de uso de suelo y la escala industrial de la intervención.
En el plano municipal, el impacto omitido más crítico es la transferencia de cargas estructurales al territorio de Manzanillo, particularmente al Ayuntamiento de Pepillo Salcedo, que asume sin compensación proporcional el costo de la gestión de residuos, el deterioro vial, la presión sobre servicios básicos, la vigilancia territorial y la conflictividad social. El vertedero municipal se convierte de facto en un componente oculto del proyecto: absorbe residuos adicionales, residuos peligrosos indirectos y presión operativa, sin ampliación, modernización ni fortalecimiento institucional asociado, configurando una externalización del impacto ambiental e institucional.

Villa Raif NO está amortiguada por infraestructura vial
Villa Raif NO tiene barrera física, vegetal ni acústica
Villa Raif SÍ está en contacto directo con el proyecto
👉 Impactos sobre ruido, polvo, vibraciones, tránsito pesado, riesgo vial, paisaje y salud.:
A ello se suma la hiperexposición de Villa Raif, comunidad situada a escasos 30 metros del proyecto, donde confluyen impactos ambientales, sociales, de salud, conectividad y seguridad, que el estudio fragmenta en impactos “moderados” pero que, en conjunto, configuran un impacto territorial crítico acumulativo. Esta omisión no es técnica sino estratégica: al no reconocer estos impactos como tales, el proyecto evita clasificarlos, mitigarlos adecuadamente y, sobre todo, resarcirlos, trasladando el costo real del desarrollo industrial al municipio y a sus comunidades.
El siguiente cuadro integra, desde un enfoque territorial, los impactos ambientales, sociales, productivos e institucionales derivados del proyecto Manzanillo Bay Energy, contrastando los efectos reconocidos por el propio estudio con las dinámicas reales del territorio. Este análisis permite visualizar la acumulación de impactos, la transferencia de cargas a las comunidades y las brechas existentes entre impacto generado y respuesta formulada por el proyecto.:
Tema IX. Evaluación del PGASS como respuesta de mitigación: suficiencia e insuficiencia
Desde un enfoque de evaluación integral y territorial, la presente investigación concluye que la respuesta del proyecto Manzanillo Bay Energy frente a la línea base ambiental y socioeconómica utilizada resulta técnicamente insuficiente en alcance, escala y capacidad de transformación del territorio. El análisis evidencia una ruptura estructural entre los impactos reconocidos por el propio Estudio de Impacto Ambiental y Social (EIAS) y las medidas contenidas en el Plan de Gestión Ambiental y Social (PGASS),
las cuales no demuestran capacidad efectiva para modificar las condiciones territoriales que generan dichos impactos ni para revertir sus efectos persistentes. Esta incoherencia impide cerrar adecuadamente la relación impacto–respuesta exigida por los estándares de diligencia ambiental y social del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).
La evidencia documental confirma que la línea base fue construida sobre un territorio previamente intervenido (EIAS, Cap. 6, pp. 20–21), con pérdida de cobertura vegetal, alteración de hábitats terrestres y presión acumulada sobre ecosistemas costeros críticos. A pesar de ello, el propio proyecto reconoce impactos adicionales asociados a polvo, ruido, pérdida de hábitat, afectación de humedales, restricciones a la pesca, fragmentación territorial y presión institucional, los cuales son clasificados mayoritariamente como “Bajo” o “Moderado”, pese a su carácter persistente, acumulativo y territorialmente concentrado.
Desde una perspectiva de gestión, esta clasificación resulta insuficiente: la suficiencia no depende de la etiqueta asignada al impacto, sino de la capacidad real de la respuesta para reducirlo en el territorio y evitar la transferencia de cargas hacia comunidades y gobiernos locales con capacidad limitada.
Las medidas descritas en el PGASS se concentran predominantemente en controles operativos de obra, tales como delimitación de áreas de intervención, señalización, desbroce selectivo y gestión administrativa de conflictos. Este enfoque procedimental configura una respuesta preventiva tardía, orientada a regular la ejecución de las actividades, pero sin evidencia de reversión de la degradación funcional ya incorporada a la línea base.
Como resultado, persisten impactos activos sobre ecosistemas protegidos y productivos, incluyendo los manglares de Estero Balsa, los humedales reconocidos bajo la Convención Ramsar, la fauna terrestre y marina —con presencia de aves y especies amenazadas—, así como sobre actividades que sostienen la economía local, como la pesca artesanal, el ecoturismo y la apicultura. A ello se suma una presión institucional no reconocida sobre el ayuntamiento local y una fragmentación persistente de la conectividad territorial, especialmente en Villa Raif y su acceso histórico al litoral.
En consecuencia, el proyecto no logra demostrar una correspondencia técnica suficiente entre la línea base utilizada, los impactos identificados y las medidas adoptadas. Bajo los principios de gestión ambiental y social del BID, esta falta de coherencia constituye una falla sustantiva de gestión, al mantener impactos residuales activos y cargas territoriales que no son absorbidas por el diseño del proyecto. La insuficiencia del PGASS queda así establecida con base probatoria, explicando la persistencia del conflicto territorial y evidenciando que la respuesta del proyecto no alcanza a restituir ni estabilizar las funciones esenciales del territorio intervenido.
Capítulo IX. Impactos territoriales residuales y planificados: contradicciones, riesgo acumulado y ruptura de la concertación social
La ejecución del proyecto Manzanillo Bay Energy ha generado impactos territoriales residuales ya materializados, así como impactos adicionales formalmente planificados que, aun sin haberse ejecutado en su totalidad, constituyen riesgos ciertos, verificables y atribuibles al diseño del proyecto. En el caso del muelle de descarga (jetty), el relleno costero ya fue realizado, alterando de manera permanente la morfología litoral y las dinámicas hidrodinámicas del entorno inmediato.
Esta intervención se inserta en un sistema marino-costero funcionalmente conectado al Parque de Manglares de Estero Balsa y a los humedales asociados, lo que implica una afectación territorial que no puede analizarse como obra aislada. A ello se suma que el trazado de la tubería de gas, aunque aún no ejecutado, ha sido seleccionado, contemplado y planificado para atravesar un humedal funcional, reconocido como receptor de aves migratorias y como espacio de regulación ecológica, lo que configura un impacto territorial anticipado, plenamente atribuible al proyecto desde el punto de vista de planificación y responsabilidad.
Este escenario adquiere mayor gravedad al contrastarse con las afirmaciones públicas oficiales realizadas durante el proceso de concertación institucional y social. El Ministerio de la Presidencia, en respuesta a advertencias de la Academia de Ciencias, aseguró públicamente que los proyectos del Plan Maestro de Manzanillo “no realizarán relleno de la playa de Estero Balsa ni de humedales”, y que “las áreas protegidas no serán afectadas”, según declaraciones difundidas por el diario Diario Libre el 13 de abril de 2023. En esa misma comunicación, el asesor legal del proyecto, Joel Ramírez, afirmó que la intervención de áreas protegidas no estaba contemplada y que los estudios técnicos garantizaban la no afectación del entorno.
La existencia de un relleno ya ejecutado para el jetty y la planificación explícita del paso de una tubería por un humedal funcional colocan estas declaraciones en abierta contradicción con la realidad territorial, lo que configura una ruptura sustantiva del principio de buena fe y de la concertación social que sirvió para validar el proyecto ante la comunidad.
De igual forma, el cierre planificado de la carretera que conecta Villa Raif con Playa Estero Balsa no constituye un impacto local ni exclusivo de esa comunidad, sino un impacto territorial de escala municipal y regional. Esta vía no solo garantizaba el acceso de Villa Raif al litoral, sino que funcionaba como eje estratégico de conectividad para el municipio de Pepillo Salcedo y para comunidades cercanas de Montecristi y Dajabón, especialmente en un contexto donde la otra vía de entrada al territorio ha sido prácticamente eliminada o severamente degradada. La planificación de su cierre implica aislamiento territorial, afectación a la movilidad productiva, restricción del acceso a recursos naturales y debilitamiento de la cohesión regional. Presentar este cierre como una medida menor o localizada constituye una subestimación deliberada del impacto, y su validación en procesos participativos previos representa una burla institucional a la comunidad, al haberse asegurado que ni humedales, ni playa, ni conectividad serían afectados.
En conjunto, la ejecución parcial de obras, la planificación explícita de nuevas intervenciones en humedales y la proyección del cierre de un eje vial estratégico configuran un impacto territorial acumulado, residual y planificado, cuya gravedad no reside únicamente en lo ya ejecutado, sino en la certeza del daño futuro incorporado al diseño del proyecto. Esta situación demuestra que la gestión del proyecto ha operado bajo una lógica de fragmentación de impactos y de disociación entre discurso público y realidad territorial, trasladando riesgos estructurales a comunidades, ecosistemas y gobiernos locales. Desde una perspectiva técnica y territorial, estos hechos invalidan cualquier afirmación de no afectación a humedales, áreas protegidas o conectividad, y confirman que el proyecto ha avanzado —y pretende seguir avanzando— en contradicción directa con los compromisos públicos que facilitaron su aceptación social.

